CUSTODIA COMPARTIDA Y EL INTERÉS SUPERIOR DEL MENOR

La legislación actual contempla la custodia compartida como una opción preferente, siempre que sea beneficiosa para el menor.

Aunque es la opción preferente, no se concede de forma automática.

El/la juez/a tiene que valorar el interés superior del menor y tener en cuenta los siguientes requisitos en los progenitores:
👩‍👧‍👦👨‍👧‍👦 Estar implicados activamente en la crianza
🕒Tener disponibilidad horaria para cuidar de los hijos.
🏢Vivir en lugares cercanos o compatibles con la rutina escolar
🤝Mantener una relación respetuosa que permita una mínima comunicación

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